Bolivia inicia este lunes una nueva etapa en su política cambiaria. Después de casi 15 años con una cotización fija del dólar, el país pone en vigencia un régimen de tipo de cambio flexible, una medida que busca fortalecer la estabilidad macroeconómica y adecuar el mercado cambiario a la realidad económica nacional.
La decisión fue oficializada mediante una disposición aprobada por el Ministerio de Economía el viernes 26 de junio, que reemplaza el sistema de tipo de cambio fijo vigente desde noviembre de 2011.
Como parte de esta nueva modalidad, el Banco Central de Bolivia (BCB) estableció para este lunes un tipo de cambio oficial de Bs 9,73 por dólar, valor que será actualizado diariamente de acuerdo con las operaciones realizadas por el sistema financiero.
Fin de una etapa de estabilidad cambiaria
Desde noviembre de 2011 el dólar mantuvo una cotización oficial de Bs 6,96, sin registrar modificaciones durante 15 años. Sin embargo, la escasez de divisas registrada en los últimos años provocó que la moneda estadounidense alcanzara cotizaciones de hasta Bs 20 en el mercado paralelo, generando una fuerte distorsión entre el valor oficial y el precio real de la divisa.
Ante este escenario, el Gobierno decidió avanzar hacia un sistema de tipo de cambio flexible que refleje de manera más cercana las condiciones del mercado.
Cómo se definirá el nuevo tipo de cambio
De acuerdo con el reglamento emitido por el Banco Central de Bolivia, el tipo de cambio oficial será calculado tomando como referencia el promedio ponderado de las operaciones de compra de dólares realizadas por los bancos múltiples, bancos PyME y el banco público con sus clientes.
Cada jornada hábil, las entidades financieras deberán remitir hasta las 17:00 horas toda la información sobre sus operaciones cambiarias a la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), entidad que verificará el cumplimiento del procedimiento.
Posteriormente, el Banco Central publicará diariamente, a las 20:00 horas, el tipo de cambio oficial que regirá al día siguiente.
El reglamento también establece sanciones para las entidades financieras que incumplan con el envío oportuno de la información requerida.

