Identificación de límites y defensa del territorio municipal

Por: Rómulo Limache Orellana*

La ausencia de una delimitación territorial definitiva, entre departamentos, provincias y municipios de Bolivia, es un serio impedimento para el desarrollo de los pueblos y la convivencia de sus habitantes.

Problemas añejos, entre ellos la interpretación interesada de las Leyes, dan lugar a que algunos municipios intenten apropiarse de territorios vecinos sin tomar en cuenta la historia, la existencia de documentos que reflejan la sucesión de hechos por los que atravesaron parajes, pequeños poblados o villorrios, algunos de los cuales han desaparecido y otros que han surgido, con el paso del tiempo.

Desde 2016, el Gobierno Municipal de Montero emprendió una labor de acopio documental para la defensa de su territorio con absoluta legalidad, respaldada por una serie de documentos que han marcado su proceso evolutivo, los mismos que enriquecieron la documentación ya existente tras una laboriosa búsqueda en los archivos históricos nacionales y departamentales.

Estos documentos fueron cuidadosamente leídos, analizados e interpretados por el equipo que conformó la Comisión de Límites compuesta por ciudadanos con vasta experiencia en el manejo político, institucional, histórico, técnico y jurídico.

Labor respaldada por Resolución de Concejo Municipal Nº 55/17, de 7 de septiembre de 2017, que brinda apoyo al Ejecutivo, en su lucha por la defensa de los límites del municipio en las áreas de conflicto limítrofe con municipios aledaños.

LA LEY DE CREACIÓN DE LA PROVINCIA WARNES ES CLARA EN LA DETERMINACIÓN DE LÍMITES

La Ley de 27 de noviembre de 1919 de creación de la provincia Warnes, señala clara y tácitamente cuáles son los cantones que la componen y circunscribe su jurisdicción a: Warnes, como capital; Azuzaquí, Chuchío y Tocomechí, que pertenecían a la provincia Cercado, y Montero junto a General Saavedra, que eran parte de la provincia Sara. Es cuestión de una adecuada interpretación de esta Ley.

PROCESO ADMINISTRATIVO

En todo proceso de creación de una unidad territorial, el proyecto debe estar acompañado por un Proceso Administrativo cuya documentación es analizada por una comisión parlamentaria que elabora y presenta un informe, lo propone para el debate y finalmente lo aprueba o lo rechaza. Sus objetivos son: Buscar el consenso de las partes involucradas en la creación de una nueva unidad territorial. Dar a conocer las características de cada una de las partes, mediante la descripción de su territorio, población, instituciones, producción, límites, y otras características.Y determinar la necesidad y utilidad de la creación de la nueva unidad territorial basada en todos los antecedentes.

La documentación, que acompañó al proyecto de Ley de creación de la provincia Warnes, fue presentada, analizada y debatida en el Congreso Nacional, sancionada y promulgada.

PUBLICACIÓN

El 31 de enero de 1920, es decir dos meses y cuatro días después de la promulgación de la Ley, tiempo que, en aquel entonces, se tardaba en trasladarse de La Paz a Santa Cruz por la deficiencia de los caminos, el diputado impulsor de la Ley, publicó en el periódico El País de Santa Cruz de la Sierra, el proyecto de ley original, la Ley aprobada y los antecedentes relacionados con el Proceso Administrativo.

En los antecedentes, están señalados los límites de los municipios de Warnes, Montero y General Saavedra. Pero además es muy claro al determinar la extensión del Municipio de Montero en la medida normalmente utilizada en aquellos años. Cinco leguas de norte a sur y cinco leguas de este a oeste.

Resultado de los análisis y estudios técnicos, históricos y legales, Montero se extiende hacia el norte, hasta Naicó y La Cruz Soleto, al sur, hasta la comunidad de Villa El Carmen.

La Ley está escrita y es de cumplimiento obligatorio a pesar de la injusta distribución territorial propuesta por el diputado de Warnes Mariano Saucedo Sevilla, porque esta delimitación aísla a Montero de su relación geográfica con el Río Grande. Warnes ocupa ese territorio que antes pertenecía al cantón Bibosi y rodea a Montero por el lado naciente hasta su límite con Saavedra. Montero, es el único municipio que no llega hasta el Río Grande y uno de los más pequeños de la provincia Santistevan. Y aun así, sus vecinos pretenden arrebatarle más territorio.

CREACIÓN DE LA PROVINCIA SANTISTEVAN

La provincia Obispo Santistevan se crea mediante Ley de 2 de diciembre de 1941. En el art. 2º de esta Ley, se establece que Warnes está compuesta por los cantones Azuzaquí, Chuchío, Tocomechí, Juan Latino y Los Chacos, con el pueblo de Warnes como capital.

En este artículo, está claramente definida la jurisdicción de Warnes y al respecto no cabe ninguna discusión. Abarca hacia el norte, hasta Juan latino y Los Chacos.

En el artículo 3º, la misma ley afirma: Los límites de la provincia Santistevan, serán los que definen en la actualidad, las secciones municipales Warnes y Montero, debiendo el poder ejecutivo organizar una comisión que los determine.

Esto significa que, en el término, “en la actualidad”, que es el momento en que la ley es aprobada, ya los límites estaban definidos, porque ya habían sido aprobados por la Ley de creación de la provincia Warnes en 1919.

LEY DE ANEXIÓN DEL NARANJAL GIL DEL CANTÓN BIBOSI A WARNES

La Ley de 23 de noviembre de 1898, promulgada por el presidente Severo Fernández Alonso, dispone la anexión del Villorrio del Naranjal del cantón Bibosi, provincia Sara; al cantón de Warnes, provincia del Cercado.

Warnes hace una interpretación equivocada de esta Ley y pretende extender su territorio municipal hasta el Naranjal Don Bosco.

NARANJAL DON BOSCO

En 1898, no existía el Naranjal Don Bosco, y lejos de existir comunidades o villorrios, había propiedades agrícolas que con el transcurso del tiempo y la sucesión de propietarios, adquirieron denominaciones como Cruz del Naranjal, Naranjal Roca y Naranjal Aguilera.

En 1956, un grupo de inmigrantes italianos se asienta en un terreno de 90 hectáreas que habían sido cedidos al Estado por la familia Roca para un proyecto que no prosperó.

En 1959, los terrenos pasan a propiedad de los inmigrantes italianos. Los sacerdotes salesianos realizan una labor de apoyo social y religioso, hasta que en 1966, es bendecida la capilla en honor a San Juan Bosco y la comunidad adopta el nombre de Naranjal Don Bosco.

Más hacia el sur, estaba el Naranjal que tras una sucesión de propietarios llegó a pertenecer a Domingo Gil, en cuyas cercanías, según vestigios encontrados, testimonios y declaraciones juradas de ciudadanos mayores, existía un pequeño poblado o villorrio, que de acuerdo con los datos, es el Naranjal anexado a Warnes.

PLANO GUÍA DE SANTA CRUZ

Según el Plano Guía de la Ciudad de Santa Cruz, elaborado en 1943, dos años después de la creación de la provincia Santistevan, cuando la Alcaldía Municipal de Santa Cruz de la Sierra, todavía tenía tuición sobre las alcaldías de todo el departamento, figura el Naranjal de Domingo Gil anexado a Warnes en 1898.

En el mismo documento, y dentro de la provincia Obispo Santistevan, figuran: Naranjal  Roca y Naranjal Aguilera, ahí mismo está La Cruz, que recién en 1966 se convierte en Naranjal Don Bosco. Y El Carmen, propiedad del señor Mamerto Salas, que a la desaparición del Naranjal Gil, dio lugar a la conformación de la actual Villa El Carmen.

Con esto debe quedar claro, que la controversia no es, ni deberá ser, por el Naranjal Don Bosco. Y es imperativo corregir la designación equivocada de esta comunidad como asiento electoral del municipio de Warnes, que impide a sus habitantes elegir a sus autoridades dentro de la jurisdicción de Montero, como corresponde. De igual manera, se tiene que recuperar el derecho a percibir los recursos económicos de Coparticipación Tributaria que pertenecen a los habitantes de las comunidades en litigio.

DOCUMENTO HISTÓRICO

Los documentos de la Iglesia Católica, son válidos legalmente y merecen credibilidad por la actividad histórica desarrollada por los misioneros durante la colonia y la era republicana.

Un informe de los curas rectores de la catedral de San Lorenzo de la Barranca o Santa Cruz de la Sierra, que data de 1764, se refiere a la ubicación y distancias de pueblos y parajes de su jurisdicción, los mismos que coinciden con los documentos en actual vigencia.

Según este documento, la distancia entre el centro de Santa Cruz y La Víbora, hoy Montero, es de 12 leguas, Turobo en 10; Naranjal en 9 y Chané, hoy Warnes, en 7.

Si hacemos los cálculos, entre La Víbora y Naranjal, hay 3 leguas, más o menos 15 Km. La distancia entre Chané y Naranjal es de 2 leguas, unos 10 Km. Hecha la medición, el Naranjal a que hace referencia este documento se ubica entre Juan Latino y Villa El Carmen, donde estaba ubicado el Naranjal de la familia Gil y en sus cercanías el Villorrio del Naranjal.

En aquellos años, los caminos eran accidentados y más sinuosos, y no tenían el trazo directo como la actual carretera asfaltada. Razón por la que, existen algunas diferencias entre las distancias antiguas con las actuales.

LEY MUNICIPAL DE IDENTIFICACIÓN DE LÍMITES

El laborioso acopio de innumerables documentos ha permitido determinar los límites de nuestra jurisdicción, dando lugar a la Ley Municipal Nº 201/2019 de Identificación de Límites del Municipio de Montero, aprobada por el pleno del Concejo Municipal el 14 de febrero de 2019 y promulgada el 25 del mismo mes y año por el alcalde Mario Baptista.

Esta Ley Municipal también faculta al Ejecutivo, atender las necesidades de las comunidades dentro de los límites legales tanto con Warnes, como con General Saavedra mediante asignación de recursos económicos y ejecución de obras.

Finalmente, cabe aclarar, que no existe ningún tipo de controversia por límites, entre los municipios de Montero y Portachuelo, ubicado al oeste del río Piraí.

OTROS DOCUMENTOS

Los documentos a que hace referencia este artículo, no son los únicos. Existen otros que refuerzan las afirmaciones en torno a la ubicación del límite entre los municipios de Montero y Warnes, que serán expuestos en caso necesario.

Es hora de tomar determinaciones en torno a la delimitación territorial del municipio de Montero y que el trabajo desarrollado por la Comisión de Límites sea útil a sus intereses. La historia sabrá reconocer a las autoridades que impulsen este proceso ante las instancias legales jurisdiccionales.

*Rómulo Limache Orellana, es periodista y miembro adjunto de la Comisión de Límites de Montero, desde mayo de 2018 a diciembre de 2019.

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