El intento de Warnes de incluir al Naranjal Don Bosco en su jurisdicción territorial

Por: Rómulo Limache Orellana*

A finales del siglo pasado, hubo intentos de las autoridades de la provincia Warnes, de incluir en su territorio a la comunidad del Naranjal Don Bosco. En ocasión de la creación de la segunda sección Okinawa, en la documentación del proceso administrativo se aprecia esa intensión, que no prosperó por tratarse de un territorio municipal sin delimitación definitiva.

Mediante Ley Nº 1837 de 6 de abril de 1998, la provincia Warnes queda constituida por dos secciones municipales: Warnes que sigue siendo su capital y Okinawa.

La Ley, aprobada por el Congreso Nacional el 27 de marzo de 1998, y promulgada por el presidente Hugo Banzer Suárez indica claramente, que la Primera Sección, estará constituida, por los Cantones Warnes, su capital; Juan Latino, Azuzaquí, Tocomechí, Chuchío y Los Chacos.

La segunda sección, tendrá como capital la localidad de Okinawa Uno y estará constituida por los cantones: Okinawa Uno e Ignacia Zeballos.

No existe mención alguna que haga pensar siquiera, en que el Naranjal Don Bosco, se encuentre dentro de la jurisdicción territorial de Warnes.

Entre la documentación presentada para justificar la necesidad y utilidad de la creación de la segunda sección de Warnes, se observa la pretensión de incluir a la comunidad de Naranjal Don Bosco y la Hacienda Naranjal Aguilera (El Cafetal) dentro de la jurisdicción territorial del Cantón Azuzaquí, primera sección Warnes, como se puede apreciar en el Acta de acuerdo y decisión para el reordenamiento político-geográfico de la Provincia Warnes departamento de Santa Cruz, fechado en 20 de marzo de 1994, que refleja lo tratado en una Asamblea General de autoridades, instituciones y pueblo de Okinawa 1.

La pretensión no tuvo el peso necesario para ser sostenida y no apareció más en la documentación posterior, pero el intento no acabó ahí, porque intereses políticos de las autoridades de entonces, impulsaron una campaña de captación de simpatías por su administración entre malos habitantes del Naranjal Don Bosco y lograron llevar adelante el proceso de reconocimiento de la Junta Vecinal de esta comunidad mediante la entrega de la Personalidad Jurídica otorgada por la Subprefectura y reconocida por el prefecto de Santa Cruz, Julio Leigue Hurtado en 14 de junio de 1996.

Tradicionalmente y desde tiempo indeterminado, el municipio de Montero ha  prestado atención a todas las necesidades del Naranjal Don Bosco y más aún desde que se constituyó como una comunidad consolidada en 1966.

Es así que a partir de la puesta en vigencia de la Ley 1551 de Participación Popular, el Gobierno Municipal de Montero, mediante Ordenanza promulgada el 4 de abril de 1995 por el alcalde municipal Eduardo Leigue Hurtado, realiza la zonificación de la ciudad en cinco Distritos urbanos y tres Distritos suburbanos identificados como: Naranjal Don Bosco, Villa Copacabana y Naicó.

A su vez, la Subprefectura de la provincia Obispo Santistevan, mediante Resolución 10-0088/95, de 5 de julio de 1995, resuelve el Registro de la Personalidad Jurídica de la Organización Territorial de Base, denominada, Junta Vecinal “NARANJAL DON BOSCO” al haber cumplido los requisitos que exige la Ley 1551 de Participación Popular. El documento está firmado por el Dr. Erwin Antelo Chávez, subprefecto de la provincia Obispo Santistevan, el mismo que es reconocido por el prefecto de Santa Cruz Julio Leigue Hurtado.

Aquí nos detenemos a preguntar. ¿Cómo es que la autoridad departamental, pudo reconocer la Personalidad Jurídica, tramitada por el municipio de Warnes, en 1996, cuando ya un año antes, en 1995, el propio prefecto Julio Leigue Hurtado había reconocido la Personalidad Jurídica del Naranjal Don Bosco, planteada por Montero en cumplimiento de la Ley 1551 de Participación Popular de 20 de abril de 1994?

De la misma manera, la Subprefectura de la provincia Obispo Santistevan, ha sentado presencia en el Naranjal Don Bosco, con la designación de corregidores, que ejercieron autoridad en esa comunidad. Mientras tanto, la Alcaldía Municipal de Montero, designó agentes municipales y subalcaldes que sirvieron de nexo entre sus habitantes y el centro administrativo de nuestro municipio.

Entre los corregidores, cuyos nombramientos han sido encontrados en archivos, tenemos a: José Ernesto Suárez, designado el 10 de mayo de 1977 por el subprefecto Rolando Moreno y Rodolfo Rojas Guzmán, con memorando de 29 de agosto de 1994, firmado por el subprefecto Erwin Antelo Chávez.

El 8 de marzo de 1991, año del cincuentenario de la provincia Santistevan, el alcalde municipal Ángel Alberto Limpias Vaca, designa a la ciudadana María Cristina Vaca de Aguilar, como agente municipal, contando con el consenso de la comunidad del Naranjal Don Bosco.

La pretensión de Warnes por incorporar al Naranjal Don Bosco a su jurisdicción territorial, ya se había originado en gestiones anteriores y un ejemplo de esta actitud infundada y hasta podría decirse, malintencionada, fue reflejada públicamente por la prensa departamental en 1988, cuando sus autoridades aseguraban que el Naranjal Don Bosco, pertenece a la jurisdicción de Warnes.

La respuesta de Montero, y específicamente de la comunidad del Naranjal Don Bosco, surgió de inmediato mediante un Voto Resolutivo cuyo contenido expresaba un tácito rechazo a tales aseveraciones.

La voz soberana de los habitantes del Naranjal Don Bosco

La expresión de los pueblos es la manifestación soberana que define su destino y los habitantes del Naranjal Don Bosco, desde siempre determinaron su afinidad y pertenencia al territorio y jurisdicción del municipio de Montero, provincia Santistevan.

En reiteradas oportunidades, sus habitantes ratificaron su posición con referencia a su determinación de pertenecer al municipio de Montero con el que tiene nexos tradicionales innatos de carácter social, económico, de servicios y atención de sus necesidades.

Algunos documentos que se han podido conservar, nos demuestran esta determinación tácita y sin espacio para la discusión o la duda, algo que indique por lo menos la mínima posibilidad de que estos ciudadanos quieran pertenecer a la provincia Warnes a pesar de los esfuerzos de sus autoridades por ganarse la confianza y el apoyo con la ejecución de algunas obras de muy poca relevancia.

Es más, los ciudadanos del Naranjal Don Bosco, aceptan la ejecución de estas obras, porque consideran que Warnes, está devolviendo una mínima parte de los recursos económicos que les corresponde en virtud a la aplicación de la coparticipación tributaria, absorbida por el Gobierno Municipal de Warnes tras la inclusión equivocada de esta comunidad como si perteneciese al territorio de ese municipio.

En un Voto Resolutivo de fecha 23 de agosto de 1994, ante el error técnico en la elaboración del mapa de la delimitación de las provincias de Santa Cruz, los vecinos de la comunidad determinaron “PRIMERO.- RATIFICAR EN SU INTEGRIDAD el VOTO RESOLUTIVO emitido el 27 de noviembre de 1990 años, en virtud del fiel cumplimiento del mismo”. “SEGUNDO.- REITERAR nuestra libre decisión y voluntad de continuar perteneciendo a la Provincia Obispo Santistevan, del Dpto. de Santa Cruz y no permitir bajo ningún argumento se vulnere esta voluntad libre y soberana, expresada en Magna Asamblea”.

Asimismo, en su artículo tercero, mediante el documento, piden a las autoridades, agilizar acciones ante la comisión interministerial de límites en resguardo de su soberana voluntad.

En otro artículo solicitan “al Gobierno Municipal de la ciudad de Montero, al que RECONOCEMOS y de cual DEPENDEMOS, la atención de nuestras necesidades en el marco de la ley de participación Popular” y que “los recursos destinados a nuestra comunidad sean REVERTIDOS a la cuenta habilitada por el Supremo Gobierno a la Alcaldía Municipal de Montero…”.  

Esa determinación tan sólida y tajante, expresaba además, “Hacer conocer el presente VOTO RESOLUTIVO a la comunidad regional y nacional, como libre expresión de la voluntad de los pueblos, manteniéndonos alertas ante cualquier acto que pretenda avasallar la decisión adoptada, por nuestra comunidad”.

La instalación de un registro electoral perteneciente a la provincia Warnes en la comunidad de Naranjal Don Bosco para las elecciones municipales de 1995, fue motivo de reclamo ante las autoridades de la Corte Nacional Electoral con esta contundente afirmación “…desde la fundación de Naranjal Don Bosco (antes Cruz del Naranjal), pertenecemos históricamente y administrativamente a la sección municipal de Montero”. Resolución de la Comunidad, 6 de septiembre de 1995.

Otro pronunciamiento de los hacendados y vecinos del Naranjal Don Bosco, de 2 de marzo de 1996, resalta la simbiosis entre los lugareños, los inmigrantes italianos asentados en el lugar y los sacerdotes salesianos, que logró consolidar la comunidad y su desarrollo.

En este mismo documento y por voluntad propia, declaran pertenecer a la provincia Obispo Santistevan y ratifican su decisión de continuar siendo parte de su territorio, expresada reiteradamente en una serie de Votos Resolutivos emanados en reuniones y asambleas efectuadas con el objetivo de tratar este tema.

La innumerable documentación de respaldo, incluye inclusive un plano elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) de manera absolutamente errada, que toma en cuenta al Naranjal Don Bosco dentro del territorio de la provincia Warnes el mismo que sirvió para efectos de población y base para la distribución de asientos electorales a partir de las elecciones de 1995. Sin embargo, este plano no otorga ningún derecho de carácter legal, ya que en el mismo se aclara que: “Los límites de este mapa son exclusivamente para fines censales y no tienen valor político-administrativo”.

Hasta ahora, la equivocada asignación de asientos electorales no ha sido corregida y ninguna autoridad de Montero, a partir de esta equivocada asignación realizada por la Corte Nacional Electoral, ha efectuado alguna acción por recuperar esos asientos electorales, tomando en cuenta que la coparticipación tributaria se basa en la cantidad de habitantes. 

Consideramos que estas son pruebas por demás incuestionables de que Montero ha sentado jurisdicción y prestado servicios permanentes al Naranjal Don Bosco en un lapso de tiempo anterior a su conformación como comunidad en 1966. En el pasado, Montero siempre estuvo vinculado con esta zona, cuando aún era un conglomerado de establecimientos agropecuarios o de rudimentaria industria azucarera.

*Rómulo Limache Orellana, es periodista y miembro adjunto de la Comisión de Límites de Montero, desde mayo de 2018 a diciembre de 2019.

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