El Gobierno nacional aprobó una nueva norma que pone fin a los descuentos automáticos por planilla destinados a aportes sindicales en las entidades públicas del nivel central del Estado. La medida alcanza a servidores públicos, maestros y jubilados, y busca que cualquier aporte a organizaciones o asociaciones sea realizado únicamente con la autorización expresa de cada persona.
La decisión fue oficializada mediante el Decreto Supremo 5654, que tiene como objetivo proteger los ingresos de los trabajadores y jubilados del sector público, evitando descuentos que no cuenten con el consentimiento individual de los beneficiarios.
A partir de la entrada en vigencia de la norma, los únicos descuentos que podrán realizarse de manera obligatoria serán aquellos relacionados con los aportes a la seguridad social de largo plazo, descuentos por faltas, atrasos o sanciones administrativas, el Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), retenciones judiciales por asistencia familiar y recuperaciones de recursos a favor del Estado por pagos o cobros indebidos.
El decreto también instruye a todas las entidades públicas del nivel central dejar sin efecto cualquier otro descuento por planilla que no esté contemplado dentro de estos conceptos.
Como parte de esta reforma, el Gobierno dejó sin vigencia siete decretos supremos que regulaban los descuentos automáticos para aportes sindicales. Entre ellos figura el Decreto Supremo 0106, aprobado en 2009, que establecía el régimen de aportes sindicales para el magisterio. Además, fueron derogadas disposiciones específicas de otros dos decretos relacionados con este mecanismo.
La nueva normativa establece que quienes deseen continuar realizando aportes voluntarios a sindicatos u otras organizaciones deberán hacerlo mediante una autorización personal, expresa, verificable y revocable. El descuento ya no se efectuará directamente desde la planilla salarial, sino mediante un débito autorizado desde la cuenta bancaria del trabajador o jubilado.
En el caso de los jubilados del Sistema de Reparto, el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR) solo podrá aplicar descuentos correspondientes a la seguridad social de corto plazo, asistencia familiar, recuperaciones de recursos a favor del Estado y convenios con entidades públicas del nivel central.
Asimismo, el decreto habilita a las entidades territoriales autónomas a adoptar medidas similares dentro de sus competencias, si así lo consideran necesario.
La norma, sin embargo, no será aplicada a las Fuerzas Armadas ni a la Policía Boliviana, instituciones que quedan excluidas de esta disposición.
Foto: RLO Palacio de Gobierno – La Paz

