Rómulo Limache Orellana
A menos que la comisión de límites conformada, según información del alcalde Regys Medina, por personalidades y profesionales conocedores de la historia y las leyes, cuya identidad se mantiene en reserva, hubiese dado pasos importantes y hubiese avanzado en el proceso de demanda legal, parece muy difícil lograr aquello en menos de dos años porque se deben de cumplir pasos procedimentales que toman su tiempo.
Pero también existe la posibilidad de llegar a la conciliación entre partes, que sería lo ideal, pero difícil de conseguir en un tiempo relativamente corto si queremos obtener datos favorables a Montero como resultado de un pretendido censo de población y vivienda a efectuarse en 2023 o el programado por el Gobierno para 2024.
Entre algunas comunidades que seguramente entrarán en litigio, la de mayor preponderancia por la cantidad de habitantes que en los últimos años se ha incrementado, es sin duda alguna el Naranjal Don Bosco, que desde 1995 se encuentra registrado como asiento electoral de Warnes y como consecuencia, recibe o debe de recibir del municipio de Warnes, recursos económicos de coparticipación tributaria destinados a obras. Por otro lado, desde el 14 de junio de 1996, el Naranjal Don Bosco es irregularmente reconocido como una junta vecinal del municipio de Warnes.
Montero hizo lo suyo un año antes, en 1995 el Naranjal Don Bosco fue reconocido como junta vecinal de Montero, pero desde 1996, ninguna autoridad hizo nada por revertir el registro como asiento electoral de Warnes, hasta hoy vigente, aunque Montero siempre atendió sus necesidades.
El acopio de documentación permitió la determinación de los límites de nuestra jurisdicción y dio lugar a la Ley Municipal Nº 201/2019 de Identificación de Límites del Municipio de Montero, aprobada por el pleno del Concejo Municipal el 14 de febrero de 2019 y promulgada el 25 del mismo mes y año por el alcalde Mario Baptista.
Esta Ley Municipal, además de cumplir con el propósito de identificar los límites de Montero le da facultades al Ejecutivo, para atender las necesidades de las comunidades dentro de los límites legales, tanto con Warnes, como con General Saavedra mediante la asignación de recursos económicos y ejecución de obras.
Si la delimitación entre estos municipios no es posible por la vía de la conciliación, estos límites no conciliados se convertirán al procedimiento de delimitación de áreas en conflicto a ser dirimidos mediante referendo.
Sin duda alguna, que los pobladores de una determinada área de territorio o de una comunidad, tomarán la decisión de votar, por pertenecer al municipio que le brinda mayor atención.
Entonces, si tomamos en cuenta que la posibilidad de una conciliación está lejana, y es mayor la posibilidad de un referendo, es momento de poner en marcha un trabajo de concienciación entre los pobladores y de prestar mayor atención a la solución de las necesidades de aquellas comunidades reconocidas dentro de los límites de nuestro municipio.
Foto: Internet
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