Socios de la Cooperativa Montero denuncian injerencia política que obstaculiza la recuperación de sus ahorros

Los socios acreedores de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Societaria Montero, en liquidación voluntaria, denunciaron este miércoles, la presunta injerencia política en contra de un proceso ejecutivo que lleva adelante el Comité de Liquidación, para recuperar el dinero de los ahorristas.

Marco Antonio Miranda miembro del Comité de Liquidación, explicó que la juez que lleva el caso en Montero, determinó modificar en partes una resolución que había dictado anteriormente en favor de la cooperativa Montero.

“Queremos manifestar nuestro rechazo, nuestra indignación, contra el fallo que ha dictado la juez del Juzgado Civil y Comercial en contra de los socios de la Cooperativa Montero”, dijo Miranda al mencionar que la Juez después de haber dictado una sentencia inicial, da marcha atrás modificando en parte la misma, situación que generó malestar en los socios acreedores que ya estaban esperando que se proceda con el remate del inmueble de la Cooperativa San Pedro, para recuperar sus ahorros.

Miranda consideró que hay injerencia política que trata de perjudicar a los ahorristas, motivo por el cual, pidió el apoyo de las autoridades nacionales, Defensoría del Pueblo, Derechos Humanos, asambleístas y parlamentarios, para recuperar el ahorro de cientos de socios actualmente afectados.

Sin embargo, dijo que el representante legal de los ahorristas, apelará la determinación de la Juez, para continuar con el proceso hasta recuperar el dinero que pertenece a los ahorristas.

El representante legal de la Cooperativa Edimilzon Costa presentó el 20 de octubre, un recurso de reposición a la resolución dictada por la Juez un día antes, con el objetivo de que la autoridad judicial, advertida de su error, los modifique o las deje sin efecto.

Mencionó que el artículo 400 de la Ley 439 dice que “La ejecución de sentencias pasadas en autoridad de cosa juzgada no podrá suspenderse en ningún caso, por ningún recurso ordinario o extraordinario, ni el de compulsa, ni el de recusación, ni por ninguna solicitud que tendiere a dilatar o impedir el proceso de ejecución, que serán rechazados en forma inmediata”.

Consideró que el accionar de la Juez vulnera el debido proceso, que consiste en el derecho que tiene toda persona a un proceso justo y equitativo, por tanto, los tribunales y jueces que administran justicia, tienen el deber de cuidar que los juicios se tramiten sin vicios de nulidad.

ANTECEDENTES

En fecha 10 de marzo de 2020, la Juez Público en lo Civil y Comercial de Montero, dictó sentencia inicial en favor de la Cooperativa Montero y al no haberse pronunciado, ni presentado recurso alguno por parte de la Cooperativa de Transporte San Pedro mediante su representante legal Walter Maquera Cano, la sentencia adquiere Ejecutoría de pleno derecho.

Posteriormente en marzo de 2021 se apersonan los señores Cástulo Zurita Veizaga y Vitaliano Nogales Paniagua a nombre de la Cooperativa de Transporte San Pedro presentando un poder como representante legal de la mencionada institución.

Un mes de después, un oficio solicitado a la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas AFCOOP, certifica que el señor Vitaliano Nogales Paniagua no cuenta con registro en el Sistema Integrado de Cooperativas, por tal razón la Juez del Juzgado Publico Civil y Comercial, rechaza su apersonamiento de las mencionadas personas en el proceso.

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